Peinado pone broche final al 'caso Begoña' y deja la causa lista para enviarla a juicio con jurado
El juez Juan Carlos Peino cerró el martes la fase preliminar del proceso que lleva más de dos años contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. La audiencia, que duró poco más de treinta minutos, concluyó con la ratificación de los escritos presentados por todas las partes, sin acordar medidas cautelares y a la espera de que el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid dicte el auto que ordene la apertura del juicio oral, según indicaron fuentes jurídicas a El Independiente.

El lunes, el magistrado citó a Gómez y a su exasesora, Cristina Álvarez, a la audiencia preliminar prevista para las 18:00 h del martes. Ninguna de las dos compareció, ya que la normativa no obliga a su presencia personal en este tipo de actos. El trámite precede al juicio oral, en el que la mujer del presidente deberá responder ante un tribunal del jurado por los presuntos delitos de malversación y tráfico de influencias. La última comparecencia del juez Peino con la esposa del presidente se retrasó hasta las 19:15 h porque la defensa tuvo que reprogramar un desplazamiento.
Desarrollo de la audiencia preliminar
Al final de la tarde del lunes, la defensa de Gómez, representada por el abogado Jaime Campaner, solicitó al Juzgado de Instrucción número 41 un aplazamiento de la cita, argumentando que el letrado tenía previsto un viaje de trabajo a Barcelona y no podría asistir, según confirmaron fuentes cercanas a la defensa. Por su parte, Cristina Álvarez se encontraba de viaje y no volvería a España hasta el 28 de septiembre, un día después de la jubilación del magistrado, informó El Periódico. Su abogado, José María de Pablo, sí asistió a la vista.
Las defensas de Gómez y Álvarez han reclamado su absolución, sosteniendo que no han cometido delito alguno. Begoña Gómez afirma que nunca actuó con “ánimo de enriquecerse” y niega haberse apropiado del software de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), elemento central de la investigación. Álvarez, por su parte, asegura que no intervino en el registro, contratación, transferencia ni disposición del mismo y que actuó “siempre siguiendo instrucciones” de Gómez, convencida de que no estaba incurriendo en ninguna ilegalidad.
En contraste, la acusación popular presentada por la asociación Hazte Oír solicita 13 años de prisión para Gómez y seis años para Álvarez por presunta malversación. La Fiscalía, en cambio, aboga por la absolución de ambas.
Durante la audiencia preliminar, la defensa de Gómez aprovechó para impugnar el escrito de acusación de Hazte Oír, calificándolo de “ineficaz” y señalando “graves defectos insubsanables”. El abogado Campaner criticó la inclusión de referencias a atestados policiales y declaraciones recogidas durante la fase de instrucción, argumentando que la acusación popular debería limitarse a describir los hechos punibles. Según él, la introducción de elementos propios de la investigación podría “contaminar” al jurado antes del inicio del juicio.
El debate también reveló divergencias entre las acusaciones populares. Mientras Hazte Oír mantiene su petición de seis años de prisión para la exasesora Álvarez, la organización Manos Limpias sostiene que ella no ha cometido delito y reclama su absolución. Víctor Soriano, vocero de Manos Limpias, explicó que su representación solicitó al juez Peino intervenir durante la audiencia para objetar el escrito de acusación, petición que el instructor desestimó.
En paralelo, el Tribunal Constitucional está tramitando un recurso de amparo interpuesto por Manos Limpias contra la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de mantener agrupadas a las distintas acusaciones populares. Soriano admitió que no tiene grandes expectativas de que el Constitucional estime su recurso.
El antecedente más reciente se remonta a julio, cuando la Audiencia Provincial de Madrid redujo el alcance de la acusación contra Gómez. El tribunal estimó parcialmente el recurso de defensa y revocó la acusación por los delitos de corrupción en los negocios y apropiación indebida, pero mantuvo la decisión de enviar a la investigada a juicio por malversación y tráfico de influencias. Tras esa resolución, Peino concedió un nuevo plazo a las partes para que reformularan sus escritos de calificación según los criterios fijados por la Audiencia Provincial. Las acusaciones lideradas por Hazte Oír, que hasta entonces reclamaban 24 años de prisión para Gómez, redujeron su petición a 13 años.
Con la ratificación de los escritos, la audiencia preliminar concluyó en poco más de media hora. El siguiente paso corresponde al instructor, que deberá dictar mediante auto la apertura formal del juicio oral. La Ley Orgánica del Tribunal del Jurado establece un plazo de tres días para esa resolución, aunque en la ocasión anterior el juez Peino superó ampliamente el plazo. Además, el magistrado se encuentra ante un calendario ajustado: estará de vacaciones desde este miércoles hasta el 18 de septiembre y se jubilará el 27 de septiembre, por lo que deberá resolver antes de abandonar el juzgado.
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