El Supremo aplica por primera vez la ley de amnistía a ocho condenados por el procés y las protestas de 2019

El Tribunal Supremo ha aplicado por primera vez la Ley de Amnistía a ocho condenados por delitos de desobediencia o desórdenes públicos, entre ellos el expresidente del Parlament catalán Roger Torrent, por hechos vinculados al procés y a las protestas posteriores a la sentencia.

La Sala de lo Penal del Supremo ha tomado esta decisión en cuatro autos diferentes, publicados este viernes, en los que declara extinguida la responsabilidad penal de los ocho individuos.

Contexto y antecedentes

Esta medida se produce una semana después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictara una sentencia en la que confirmaba que la Ley de Amnistía es compatible con el derecho comunitario, al considerar que no afecta a intereses financieros de la UE ni contraviene la normativa europea contra el terrorismo, y que “facilita la reconciliación”, según informó EFE.

Puntos Clave
  • El Tribunal Supremo aplicó por primera vez la Ley de Amnistía a ocho condenados por desobediencia y desórdenes públicos vinculados al procés y a las protestas de 2019, extinguiendo su responsabilidad penal
  • Entre los beneficiados se encuentran el expresidente del Parlament catalán Roger Torrent y otros miembros de la Mesa del Parlament, así como dos acusados de los

Entre los beneficiarios de la amnistía se encuentra Roger Torrent, que había sido condenado junto a los miembros de la Mesa del Parlament Josep Costa i Roselló, Eusebi Campdeprós y Riana Delgo Herreros por delito de desobediencia relacionado con el procés.

También fueron amnistiados dos acusados por su participación en los disturbios de la madrugada del 19 de octubre de 2019 en Girona, durante las manifestaciones contra la sentencia del procés. La Audiencia de Girona los había condenado a un año y medio de prisión, junto a otras trescientas personas.

En 2024, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo emitió un auto que, por primera vez, remitió la Ley de Amnistía al Tribunal Constitucional, en el marco del recurso interpuesto contra los dos condenados por desórdenes públicos por lanzar objetos contra la sede del juzgado de Girona tras la sentencia del procés.

Con estas resoluciones, el Supremo extingue la posible responsabilidad penal de los ocho condenados, mientras que la cuestión de la amnistía sigue bajo la supervisión del Tribunal Constitucional y del TJUE.

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Carlos Mendoza Vargas Periodista

Licenciado en Comunicación Social con mención en Periodismo por la Universidad Central de Venezuela. Tiene 12 años de experiencia en cobertura de política nacional y conflictos sociales, con pasantías en medios internacionales como BBC Mundo. Especializado en periodismo de investigación y análisis político.

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