Hacienda devuelve los primeros 316 millones por el cobro indebido del Impuesto de Hidrocarburos que le censuró la UE
La AIReF (Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal) ha publicado este miércoles su segunda opinión sobre los riesgos fiscales que enfrenta la economía española. Entre los principales peligros destaca la creciente carga presupuestaria derivada de las sentencias desfavorables relacionadas con la nulidad del tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos (IH) declarada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Según los datos de la AIReF, el gasto acumulado de la Administración central en sentencias relacionadas con este impuesto ascendió a 5.007 millones de euros entre 2014 y 2023. Sin embargo, en los dos últimos años el coste se ha disparado: en 2024 la cifra alcanzó los 11.200 millones de euros y, en 2025, se estima en 3.100 millones.
Impacto fiscal previsto y pronóstico para 2026
La entidad advierte que el mayor riesgo pendiente es el referido al Impuesto sobre Hidrocarburos. Tras las primeras resoluciones desfavorables del Tribunal Supremo, el coste efectivo ya supera los 316 millones de euros más intereses, importe que se contabilizará como déficit en el ejercicio 2026.
El Ministerio de Hacienda, bajo la dirección de María Jesús Montero, elaboró una estimación que sitúa el impacto máximo potencial del caso en 6.500 millones de euros. Esta cantidad equivale a la totalidad de la recaudación que obtuvieron las comunidades autónomas que aplicaron el tramo autonómico del impuesto entre 2013 y 2018, período durante el cual estuvo vigente antes de ser declarado contrario al Derecho de la UE.
El origen de este riesgo fiscal se remonta a la sentencia del TJUE del 30 de mayo de 2024, que consideró ilícito el tramo autonómico del IH al permitir que distintas comunidades aplicaran tipos impositivos diferentes sobre los carburantes sin fundamento en la normativa europea. La cuestión fue trasladada al Tribunal Supremo, que el 20 de septiembre de 2024 dictó una primera resolución obligando a la administración a devolver las cantidades indebidamente cobradas, salvo que pudiera demostrar que el impuesto había sido repercutido al consumidor final.
En enero de 2026, el Supremo confirmó esa doctrina y limitó la posibilidad de reabrir procedimientos para probar la repercusión del impuesto. Como consecuencia directa, el Estado fue condenado a devolver 155,47 millones de euros, más intereses, a la empresa Galp Energía España.
La AIReF también señala casos precedentes que ilustran la complejidad de la situación. En diciembre de 2025, la Audiencia Nacional reconoció a una compañía el derecho a recuperar 123 millones de euros correspondientes al ejercicio 2017, al no poder acreditar la repercusión del impuesto al cliente final. En contraste, la misma empresa vio rechazada una solicitud de 128 millones de euros para 2018, porque sí se había demostrado la transmisión del gravamen.
Estos ejemplos evidencian la "enorme casuística" que rodea los procesos de devolución. La AIReF estima que la mayor parte del impacto económico aún está por materializarse y que, a partir de 2026, las resoluciones judiciales comenzarán a registrar un efecto negativo en el déficit público, extendiéndose probablemente a ejercicios posteriores.
La incertidumbre sobre la cuantía final sigue siendo elevada. Además de los recursos pendientes en los tribunales, existe la posibilidad de que consumidores finales presenten reclamaciones civiles por responsabilidad patrimonial del Estado al haber soportado un impuesto declarado ilícito. Ya están en marcha procedimientos de este tipo, lo que complica aún más la previsión de una cifra definitiva.
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