La Fiscalía respalda que Mazón se persone en la causa de la DANA y acceder a las actuaciones procesales
El Ministerio Fiscal ha emitido un informe en el que respalda la solicitud del expresidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, para personarse en la causa que se sigue en el Juzgado de Catarroja, donde se investiga la gestión de la DANA que, el 29 de octubre de 2024, provocó 230 fallecidos en la provincia de Valencia. El fiscal también pide que se conceda a Mazón acceso a las actuaciones procesales.
Fundamentación del recurso de apelación
En el mismo informe, el Fiscal solicita que se estime el recurso de apelación interpuesto por Mazón contra el auto de 31 de marzo de la jueza, el cual rechazó su personación y recordó que la figura de “testigo asistido” no existe en el ordenamiento jurídico español. Mazón había pedido personarse después de haber sido citado como testigo y tras el rechazo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana a imputarle, al no encontrar indicios de delito en su actuación.
El Ministerio Público también ha presentado otro informe en el que se solicita la estimación del recurso del expresidente contra una diligencia de ordenación de 15 de abril, en la que el juzgado acordó que no había lugar a la designación de particulares (copia de documentos) solicitada por Mazón para sustentar su recurso ante la Audiencia Provincial.
El fiscal argumenta que el recurso de Mazón gira en torno a la interpretación del artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que protege el derecho de defensa de personas aforadas. Según el Ministerio Fiscal, la normativa permite extender esa protección a quienes gozan de aforamiento ante los Tribunales Superiores de Justicia y no requieren solicitud previa, como es el caso de Mazón, diputado en Les Corts.
En la exposición de motivos de la ley, el fiscal interpreta que la resolución de la jueza vulneraría el derecho de defensa de Mazón al denegar su personación, impedir su conocimiento de las actuaciones y limitar su participación en la instrucción de la causa. Aunque el TSJCV haya descartado la comisión de delitos por parte de Mazón bajo la modalidad de “omisión”, el Fiscal sostiene que persisten diligencias de investigación pendientes que podrían implicar su participación en la gestión de la emergencia.
Como ejemplo, el fiscal cita resoluciones judiciales que ordenan la cooperación internacional para acceder a los mensajes de WhatsApp y Telegram del exjefe de gabinete de Mazón, José Manuel Cuenca, o que solicitan la entrega de chats de alcaldes.
En otro informe, el Fiscal considera “pertinente” aceptar la designación de particulares solicitada por Mazón y remitirla a la Audiencia Provincial para su resolución en el recurso de apelación.
El Juzgado de Catarroja, mediante una diligencia de ordenación de la misma mañana, ha desestimado el recurso de reposición de Mazón contra el escrito que rechazaba la designación de particulares.
Por otro lado, el Ministerio Fiscal ha manifestado su posición contraria al recurso presentado por la exconsellera Pras, quien había solicitado que no se realizara la prueba caligráfica acordada por la jueza sobre unas notas del borrador ES‑Alert enviado a la población. Pras, que admitió haber redactado esas notas, alegó que la prueba requería su consentimiento “de forma libre y voluntaria”.
El Fiscal argumenta que, según la legislación, corresponde al juez acordar las diligencias que considere necesarias para la investigación del delito, y que la confesión del investigado sobre la autoría de un documento no exime al órgano judicial de realizar la diligencia imprescindible para comprobar los hechos, especialmente cuando ésta no puede llevarse a cabo en la fase de juicio oral.
Los tres informes del Ministerio Fiscal han sido incorporados al expediente mediante una diligencia de ordenación del juzgado, emitida el mismo jueves.
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