La jubilación flexible entra en vigor: los que vuelvan a trabajar podrán cobrar hasta un 25% más de pensión
Desde el viernes 28 de agosto entra en vigor la nueva normativa de la llamada “jubilación flexible”, que permite a los pensionistas volver al mercado laboral de forma más sencilla y con incentivos económicos. La medida amplía una modalidad existente que ya autorizaba a los jubilados a trabajar a tiempo parcial y compatibilizar el salario con una parte de la pensión.
Principales novedades de la jubilación flexible
Los cambios más relevantes son:
- Periodo de espera y complemento económico: Si el pensionista espera al menos seis meses después de la concesión de la pensión antes de reincorporarse al trabajo, podrá percibir un complemento adicional. Cuando la jornada laboral sea entre el 55 % y el 80 % de una jornada completa, el complemento será del 25 % de la pensión inicial; si la jornada está entre el 33 % y menos del 55 %, el incremento será del 15 %.
- Flexibilidad temporal: No es obligatorio cumplir el plazo de seis meses; la jubilación flexible puede solicitarse en cualquier momento tras el reconocimiento de la pensión, aunque el incentivo económico solo se aplicará a quienes esperen ese periodo.
- Reducción de la pensión proporcional al trabajo: La parte de la pensión que se mantiene se reduce de forma inversamente proporcional al número de horas trabajadas. A mayor jornada, menor será la cuota percibida de la pensión durante ese tiempo.
- Nuevos límites de jornada: Anteriormente la compatibilidad estaba limitada al 25 %‑75 % de una jornada completa; a partir de ahora el rango será del 33 % al 80 %.
- Inclusión de autónomos: Por primera vez, la modalidad se extiende a quienes deseen desarrollar una actividad por cuenta propia. En este caso, el pensionista podrá percibir hasta el 25 % de su pensión mientras mantenga la actividad, siempre que no haya estado dado de alta como autónomo en los tres años anteriores a la fecha de jubilación.
- Derechos mantenidos: Durante todo el periodo de jubilación flexible se conserva la condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social. Al finalizar la actividad compatible, la pensión vuelve a cobrarse íntegra.
- Mejora para jubilaciones anticipadas involuntarias: Las cotizaciones realizadas durante la fase de jubilación flexible podrán incorporarse al cálculo de la pensión cuando el beneficiario retome la jubilación plena, mejorando el importe final.
Con esta reforma, el Gobierno persigue dos objetivos: facilitar transiciones más graduales entre el empleo y el retiro definitivo, y contener el creciente gasto público en prestaciones.
Las cifras muestran que la modalidad de jubilación activa ha ido en aumento. En 2021 representaba el 4,8 % de las nuevas altas; en 2025 llegó al 10,9 %; y en lo que lleva de 2026 supera ya el 12 %, con aproximadamente 15 600 casos. En contraste, la jubilación anticipada ha perdido cuota, pasando del 43 % del total en 2018 a alrededor del 30 % en la actualidad.
Desde la última reforma de la jubilación activa, que entró en vigor en abril de 2025, el número de pensionistas acogidos a esta modalidad alcanzó los 70 467 al cierre del ejercicio, 5 602 más que el año anterior.
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