¿Puede la Audiencia Provincial tumbar las medidas cautelares contra Begoña Gómez?
El juez de instrucción Juan Carlos Peino ha acordado enviar a juicio popular a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, después de dos años de investigación judicial. Asimismo, ha dictado medidas cautelares que incluyen la retirada del pasaporte, la prohibición de salir de España y la obligación de comparecer ante el juzgado dos veces al mes. Estas medidas son recurribles ante la Audiencia Provincial de Madrid, según fuentes jurídicas consultadas por El Independiente.

El titular del Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid emitió un auto, del que tuvo acceso este medio, en el que se señala que existen indicios suficientes para que Begoña Gómez sea juzgada por los presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción entre particulares, apropiación indebida y malversación de caudales públicos. También se citará a juicio a la exasesora de la mujer del presidente, Cristina Álvarez, y al empresario Juan Carlos Barrabés. En este último caso, el juez había decidido abrir una nueva línea de investigación por presuntas irregularidades en la adjudicación de un contrato financiado con fondos europeos.
Medidas cautelares y posible recurso
Tras la audiencia preliminar del pasado 15 de junio, el magistrado concluyó que la investigación ha reunido indicios racionales de criminalidad suficientes para que los hechos lleguen a juicio. En el auto, Peino sostiene que Begoña Gómez “habría aprovechado su proximidad al presidente del Gobierno para impulsar su proyección profesional en el entorno de la Universidad Complutense de Madrid”.
Junto a la apertura del juicio, el juez fijó las medidas cautelares contra Gómez y Álvarez —retirada de sus pasaportes, prohibición de salida del territorio español y comparecencia mensual ante el juzgado—, tras la solicitud de la acusación popular. No se pidió medida similar contra Barrabés. Las defensas de las acusadas pueden interponer recurso ante la Audiencia de Madrid, lo que podría conllevar la revocación de dichas restricciones.
Peino justificó las restricciones en la gravedad de los delitos imputados a Begoña Gómez y en la posible pena, que combinando los cuatro tipos de delito oscila entre dos y dieciséis años de prisión. Según el magistrado, en caso de condena no sería viable la suspensión de la pena, lo que incrementa el “riesgo de fuga”. Además, advirtió que la protección policial asignada a Gómez podría no ser suficiente para garantizar el control y, en el peor de los casos, podría facilitar una fuga si los escoltas actuaran de forma indebida.
El ministro del Interior, Fernando Grande‑Marlaska, elevó ayer la “más enérgica queja” ante la presidenta del Consejo General del Poder Judicial, Isabel Perelló. Marlaska calificó las declaraciones del juez como un “hecho de máxima gravedad”, al considerarlas un “grave cuestionamiento de la profesionalidad de los cuerpos policiales”. Asimismo, solicitó al CGPJ la adopción de las medidas que estime procedentes frente al juez. La Comisión Permanente del CGPJ se reunirá este lunes para decidir si se abre expediente disciplinario contra Peino.
Esta resolución constituye el avance más importante hasta la fecha en la causa abierta hace más de dos años contra la esposa del presidente del Gobierno. La investigación, iniciada en abril de 2024, se centra en las actividades desarrolladas en torno a la Cátedra de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid. Es la primera vez que la instrucción sitúa a la esposa de un presidente en activo a las puertas de un juicio penal.
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