Renfe e Iryo dejan de pagar por retrasos ¿por qué?

Las limitaciones temporales de velocidad impuestas por el gestor de infraestructuras ferroviarias en varios tramos de la red nacional están provocando retrasos significativos en múltiples servicios de alta velocidad. Ante esta situación, las compañías Renfe e Iryo han anunciado la suspensión de sus políticas habituales de indemnización a pasajeros cuando los retrasos sean consecuencia directa de estas restricciones técnicas.

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Renfe e Iryo suspenden compensaciones por retrasos atribuibles a limitaciones de velocidad

Renfe ha informado en su página web que, debido a las limitaciones establecidas por el gestor de infraestructuras (Adif), algunos servicios pueden registrar demoras ajenas a su operación. A partir del 31 de enero, los billetes adquiridos con posterioridad a esa fecha no darán derecho a indemnización si el retraso está relacionado con estas medidas. La compañía expresó su pesar por las molestias causadas y agradeció la comprensión de los viajeros afectados.

Fuentes de Renfe indicaron que esta decisión se enmarca dentro de lo permitido por la normativa europea. El Reglamento (UE) 2021/782, que regula los derechos de los viajeros ferroviarios, contempla exenciones en la obligación de compensar cuando las demoras son provocadas por circunstancias excepcionales y están debidamente comunicadas con antelación.

Por su parte, Iryo, operador también afectado por las limitaciones derivadas del accidente ferroviario ocurrido en Amuz, ha adoptado una medida similar. En su sitio web, la compañía señala que los trayectos entre Madrid y Barcelona, así como entre Madrid y Valencia, podrían sufrir retrasos ajenos a su responsabilidad. Por ello, los billetes comprados a partir del 28 de enero no serán susceptibles de compensación bajo sus políticas habituales. “Lamentamos las molestias”, añade el comunicado.

Postura de otras operadoras y posición de los consumidores

  • Ouigo, la tercera operadora presente en el mercado español, mantiene su política de compensación. Según fuentes consultadas, los clientes tienen derecho a un vale del 50 % del valor del billete si el retraso supera los 30 minutos; a un reembolso del 50 % si supera los 60 minutos, y al 100 % si el retraso es igual o superior a 90 minutos.
  • FACUA-Consumidores en Acción ha recordado que, aunque las compañías pueden adaptar sus políticas internas, están obligadas a cumplir con los mínimos establecidos por el Reglamento Europeo. La organización advierte que las exenciones solo son válidas si se cumplen estrictamente las condiciones previstas, como la comunicación anticipada de las incidencias.

La situación actual se enmarca en un contexto de crisis ferroviaria tras el accidente en Amuz, que ha puesto en evidencia tensiones entre la operación ferroviaria y el estado de la infraestructura. Mientras las autoridades analizan las causas del incidente, los viajeros continúan enfrentándose a interrupciones y cambios en sus condiciones de viaje, con respuestas diferenciadas entre las distintas compañías que operan en la red de alta velocidad española.

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