Trabajo plantea subir el salario mínimo un 5,3% en 2027, más de lo que recomiendan sus expertos: el SMI se iría a los 1.286 euros
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha presentado un proyecto de Real Decreto que fija una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2027 del 5,3 %, elevándolo a 1 286 euros mensuales en 14 pagas (equivalente a 42,87 euros al día) o, lo que es lo mismo, a un total de 18 004 euros anuales.
El texto, que ya ha sido sometido a audiencia y participación pública, sitúa el incremento por encima del 4,9 % recomendado por la comisión de expertos que asesora al Gobierno, aunque queda por debajo del 7 % exigido por los principales sindicatos, CCOO y UGT.
Plazos y objetivo de la medida
El Ministerio, encabezado por la ministra Yolanda Díaz, ha establecido el 16 de noviembre como fecha límite para presentar alegaciones al borrador del Real Decreto. La intención del Gobierno es aprobar la subida del SMI antes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre.
Según el proyecto, el aumento del 5,3 % se sustenta en el informe de la comisión de expertos publicado esta semana. La memoria señala que esta medida responde al derecho a una remuneración equitativa y suficiente, y persigue que el salario mínimo alcance el 60 % del salario medio, tal y como establece la Carta Social Europea y las resoluciones del Comité Europeo de Derechos Sociales.
En cuanto a la compensación y absorción del incremento, el proyecto prevé que la revisión salarial no afectará a aquellos trabajadores cuyas retribuciones anuales ya superen los 18 004 euros. Solo los salarios por debajo de ese umbral deberán ajustarse para alcanzar la nueva referencia.
El Real Decreto incluye una disposición transitoria de “no afectación” destinada a prevenir distorsiones en ámbitos extralaborales. De este modo, el nuevo importe no se aplicará automáticamente a normativas autonómicas o locales que utilicen el SMI como criterio para conceder ayudas o prestaciones públicas, ni a contratos y pactos privados que lo tengan como referencia, salvo que las partes o la normativa sectorial lo establezcan expresamente. En esos casos, el valor del SMI vigente en 2026 se mantendrá durante todo 2027.
El borrador también establece retribuciones específicas para colectivos con contratos de corta duración y para el trabajo doméstico. Los trabajadores con contratos cuya duración total en una misma empresa no supere los 120 días percibirán, como mínimo, 60,88 euros por jornada legal, importe que incluye la parte proporcional de domingos, festivos y las dos gratificaciones extraordinarias.
En el caso de las empleadas del hogar que presten servicios en régimen externo, el salario mínimo quedará fijado en 10,06 euros por hora efectivamente trabajada, incorporando todos los conceptos retributivos. El texto aclara que, en cualquier modalidad salarial, solo se computará la remuneración en dinero, de modo que el salario en especie no podrá reducir la cuantía íntegra establecida por la norma.
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