El director de la Policía se reúne con los agentes del informe que apunta a Marruecos en la crisis de Ceuta, aunque no pueden decirle nada
El informe publicado por el diario El Español, que vincula directamente la crisis migratoria de Ceuta con la supuesta coordinación de gendarmes marroquíes bajo órdenes de agentes de paisano, no constituye un análisis ministerial solicitado por el Gobierno, sino una respuesta a una solicitud formal del órgano judicial encargado del caso, tras la denuncia presentada por la ONG Iustitia Europa.
Concretamente, la jueza de la Audiencia Nacional, María Tardón, solicitó el pasado 3 de agosto a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional la elaboración de un documento que determinara si los graves hechos registrados en la frontera obedecían a una acción concertada por parte de un grupo criminal.
Ámbito judicial y reserva de información
Al actuar por mandato de un juzgado, los agentes del Centro Nacional de Inmigración y Fronteras (CENIF) que redactaron el informe lo hicieron en calidad de policía judicial. Por ello, la información recabada y las conclusiones permanecen bajo la autoridad de la magistrada instructora y están sujetas al principio de reserva de las actuaciones de policía judicial.
En consecuencia, los funcionarios que elaboraron el informe no están obligados a remitir sus conclusiones a sus superiores jerárquicos del Ministerio del Interior antes de entregarlas al juzgado. El ministro, por su parte, podría haber solicitado un informe por los cauces ordinarios de su departamento si lo considerara pertinente.
Tras recibir una carta del ministro del Interior, Fernando Grande‑Marlaska, en la que solicitaba información sobre el asunto, el director general de la Policía Nacional, Francisco Pardo Piqueras, citó al comisario a cargo de Extranjería y Fronteras, responsable de los agentes que redactaron el documento, para requerirle explicaciones sobre su contenido. Esta actuación entra en conflicto con el deber de reserva que impone la legislación, que obliga a mantener bajo estricta confidencialidad el desarrollo, la evolución y el resultado de las diligencias para garantizar su eficacia procesal y proteger los derechos de los implicados.
El caso tiene precedentes. El conflicto entre la cadena de mando policial y la independencia judicial se manifestó anteriormente en la situación del coronel Manuel Pérez de los Cobos, cuyo cese tras negarse a informar al Ministerio del Interior sobre la investigación del 8‑M fue anulado por el Tribunal Supremo. El Alto Tribunal estableció que los agentes que actúan bajo mandato judicial deben guardar reserva y responder únicamente ante el juez instructor o el fiscal, sin obligación de facilitar información a mandos policiales o autoridades políticas.
Si el Ministerio del Interior hubiera deseado contar con una evaluación propia, detallada y exclusivamente ministerial de la dinámica vivida en la frontera de Ceuta, habría tenido que ordenar de oficio la elaboración de un informe interno desde su propio aparato. Un documento de esa naturaleza, generado fuera del ámbito judicial y por vías puramente gubernamentales, sí habría permitido al Ejecutivo solicitar explicaciones y ejercer control sobre su contenido y plazos de entrega.
A pesar de este marco normativo, la filtración del informe policial a los medios de comunicación provocó una rápida reacción política y administrativa. Según informó Europa Press, el propio ministro remitió un oficio a la Dirección General de la Policía exigiendo aclaraciones y solicitando “ser informado sobre la veracidad” de la existencia del citado documento del CENIF. En el mismo escrito, el ministro urgió al director general a precisar “desde cuándo disponía la Policía Nacional de esa investigación”.
Desde la perspectiva del Ministerio del Interior, disponer de esos datos era “esencial” para que el Gobierno pudiera tomar decisiones oportunas en el marco de la gestión migratoria y el ejercicio de sus funciones constitucionales vinculadas a la defensa del Estado y a la coordinación de políticas interior y exterior. Además, el Ministerio subrayó que, tras declararse el 25 de agosto la situación como de interés para la seguridad nacional, cualquier informe o dato de esa relevancia debería haberse remitido de forma inmediata al Consejo de Seguridad Nacional y al mando único de coordinación.
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