El juez Peinado da cinco días a Begoña Gómez para acreditar que solo usó el pasaporte para viajar a la graduación de su hija
El magistrado Juan Carlos Peino ha concedido a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, un plazo de cinco días para acreditar que el pasaporte que le fue devuelto de forma excepcional se utilizó exclusivamente para viajar a Londres con motivo de la graduación de su hija, único desplazamiento autorizado por la justicia.
En la providencia dictada este lunes, el instructor señala que, una vez recuperado el documento, “no consta ninguna diligencia de salida ni entra en los días autorizados”, por lo que exige a la acusada que justifique el uso del pasaporte.
Requisitos y posibles consecuencias
Peino insta a que, a través de su representación procesal, Gómez demuestre que el pasaporte “ha sido usado para el concreto fin para el que se dejó sin efecto la medida cautelar”, es decir, el viaje al Reino Unido para asistir a la graduación de su hija. El magistrado también pretende comprobar que “no se ha llevado a cabo acto alguno que pudiera ser constitutivo de un delito de quebrantamiento de medida cautelar”.
En caso de que la esposa del presidente no logre justificar el uso del documento o el juez considere que se ha incumplido la restricción, podría abrirse una investigación por presunto delito de quebrantamiento de medidas cautelares.
La autorización para viajar fue concedida la semana pasada por el juez sustituto Antonio Viejo, quien asumía temporalmente el juzgado durante las vacaciones de Peino. Viejo rechazó que Begoña Gómez acompañara a Pedro Sánchez a la cumbre de la OTAN en Ankara (Turquía), pero le permitió desplazarse a Londres entre el 8 y el 10 de julio para asistir a la graduación de su hija, ordenando la devolución del pasaporte al juzgado una vez finalizado el viaje.
La retirada del pasaporte formó parte de las medidas cautelares acordadas por Peino en el auto de procesamiento que envió a juicio a Begoña Gómez por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de caudales públicos. Además de prohibirle salir de España, el juez le impuso comparecencias quincenales al valorar un riesgo de fuga.
En resoluciones posteriores, el magistrado sostuvo que “no sería la primera ocasión” en la que un presidente de Gobierno de la Unión Europea se fugara a un país africano en el contexto de una investigación por corrupción, razonamiento que llevó al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a ordenar al promotor de la Acción Disciplinaria valorar si el magistrado había incurrido en una falta disciplinaria grave.
Ahora, Begoña Gómez dispone de cinco días para acreditar que el pasaporte únicamente se utilizó para el viaje autorizado a Londres. Contra esta resolución cabe recurso en el plazo de tres días.
Lo más destacado
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- El alcalde de Bédar relató cómo rechazó una llama del rey sin saberlo y describió la conversación posterior como “cercana y empática”.



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