La Audiencia Nacional descarta paralizar el desembarco del crucero con hantavirus en Canarias
La Audiencia Nacional ha desestimado la solicitud presentada por la organización Iustitia Europa para paralizar el atraque del buque MV Hondius, afectado por un brote de hantavirus, en la zona de aguas territoriales españolas de Gran Canaria. En el auto dictado por el tribunal se argumenta que la medida cautelar solicitada “no está justificada”, pues la maniobra que se pretende suspender está orientada a la colaboración internacional en la respuesta a una emergencia sanitaria.

Fundamentos de la decisión judicial
Según la resolución, el interés prevalente es la protección de la vida y la salud de las personas a bordo del crucero, sin que exista evidencia de que la medida pudiera poner en riesgo a la población española. El magistrado señala que la actuación prevista —fondeo del buque, evaluación de pasajeros y tripulación, y posterior desembarco y traslado a sus respectivos países— responde a la necesidad de atender una situación de urgencia sanitaria.
El tribunal también recuerda que la adopción de una medida cautelar sólo procede cuando concurren “circunstancias de especial urgencia”, lo que implica un balance de los intereses en juego y el respeto a la regla general de ejecución de los actos administrativos. En ausencia de pruebas que demuestren la falta de justificación, idoneidad y razonabilidad de la medida solicitada, la Audiencia Nacional considera improcedente la paralización del atraque.
Iustitia Europa había pedido la suspensión inmediata y total de todas las operaciones relacionadas con el buque: atraque, desembarco, traslado, repatriación y manipulación de pasajeros, tripulación, equipajes, residuos o cualquier material procedente del crucero. La organización justificó su petición alegando la “extrema gravedad” del contexto sanitario, con tres fallecimientos confirmados a causa del hantavirus, varios pacientes críticos y evacuaciones médicas realizadas a bordo. Además, advirtió que el periodo de incubación del virus puede alcanzar los 45 días, lo que, según sus argumentos, invalida la mera ausencia de síntomas como garantía suficiente para autorizar un desembarco sin un control judicial exhaustivo.
El tribunal citó al Tribunal Supremo para subrayar que la aplicación del principio de precaución conlleva una inversión de la carga de la prueba: corresponde al demandante demostrar la ausencia de justificación y la falta de razonabilidad de la medida solicitada, carga que, según el fallo, no se ha acreditado en el presente proceso.
Aunque la Audiencia Nacional no ha aceptado la paralización del atraque, ha requerido al Ministerio de Sanidad la entrega de los expedientes relativos a la decisión que permitió el fondeo del MV Hondius, concediendo un plazo de veinte días para su remisión.
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