Declaración de la Renta 2025: cómo hacer el trámite por cita telefónica
La campaña de la Declaración de la Renta 2025 ya está en marcha. Desde el pasado 8 de abril el portal de la Agencia Tributaria ha registrado el habitual aumento de accesos de los contribuyentes que, con certificado digital o la Clave, han optado por presentar su declaración de forma telemática. Sin embargo, la vía online no es adecuada para todos.

Muchos ciudadanos, ya sea por la complejidad de su situación financiera o por la falta de recursos digitales, prefieren recibir la ayuda de un profesional. Para estos casos la Agencia Tributaria (AEAT) pone a disposición el servicio “Le Llamamos”, una modalidad de atención telefónica que requiere una correcta organización para evitar retrasos.
Fechas clave para la cita telefónica
Aunque el portal siga operativo, quienes necesiten ser atendidos por un operador deberán reservar su cita con antelación. La solicitud de cita previa para el asesoramiento telefónico se abre el martes 29 de abril. Una vez obtenida, los técnicos comenzarán a realizar las llamadas a partir del 6 de mayo.
El plazo para solicitar esta ayuda finaliza el 29 de junio, apenas 24 horas antes del cierre oficial de la campaña, que será el 30 de junio. En el caso de que la declaración resulte a ingresar y el pago se realice mediante domiciliación bancaria, la fecha límite se adelanta al 25 de junio; superar ese día puede generar recargos y complicar el proceso de pago.
Para tramitar la declaración por teléfono es necesario disponer de la misma documentación que se exige en la vía online, a fin de poder aplicar todas las deducciones y desgravaciones a las que el contribuyente tenga derecho.
Documentación requerida

- Identificación oficial (DNI, NIE o pasaporte) y certificado digital o Clave.
- Certificado de ingresos (nóminas, certificados de retenciones, pensiones, prestaciones).
- Datos bancarios para la domiciliación del pago o la devolución.
- En caso de alquiler: NIF del arrendador y justificante del importe total pagado durante 2025.
- Justificantes de ganancias y pérdidas patrimoniales (venta de acciones, criptomonedas, inmuebles, etc.), con fechas de adquisición y venta y gastos asociados (notaría, impuestos, comisiones).
- Certificados de donaciones y recibos de los mismos.
- Documentación de hipotecas anteriores a 2013 que permitan la deducción de intereses y seguros (vida, incendio, etc.).
- En caso de registro con la Clave: el móvil vinculado al usuario o, si no lo tiene, el número de referencia obtenido previamente por internet.
Contar con toda esta información a mano agilizará la gestión telefónica y reducirá el riesgo de que la cita deba posponerse por falta de datos.
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