El Defensor del Paciente pide la intervención de la Fiscalía extremeña contra la entrada de menores a los toros
La asociación civil “El Defensor del Paciente” ha solicitado a las Fiscalías de Menores de Extremadura que intervengan de manera “inmediata” para impedir la entrada de menores a los espectáculos taurinos, aduciendo el “riesgo para la salud psicológica” y la exposición a entornos “violentos”.

La petición coincide con la apertura de la Feria de San Juan de Bajoz, la cual, por segundo año consecutivo, ofrecerá un “palco infantil” en la Plaza de Toros de la capital pacense. Este espacio permitirá la asistencia de niños y niñas entre 5 y 12 años a las corridas programadas.
Argumentos de la asociación
Según el comunicado de “El Defensor del Paciente”, permitir el acceso de menores a una corrida de toros representa un “grave riesgo” para su salud mental. La organización señala que la “violencia” inherente al espectáculo “atenta contra la salud psicológica” de los menores, especialmente de los que tienen entre 5 y 12 años, y que la creación de un “palco infantil” fomentaría la asistencia “sin precio y sin supervisión”, en lugar de promover una educación basada en la paz y la no violencia.
En detalle, la asociación argumenta que la entrada de menores no acompañados “genera una situación de riesgo y posible desamparo”, citando el artículo 172 del Código Penal, que contempla la responsabilidad por “posibles avalanchas, reacciones del animal o pérdida del menor”. Asimismo, afirma que la práctica vulnera el artículo 19.1.g de la Ley 7/2019 de Extremadura (espectáculos con contenido violento), el artículo 32.3 del Decreto 13/2016 (acceso a zonas prohibidas), el artículo 39.4 de la Constitución Española y el artículo 4 de la Ley Orgánica 1/1996, que establece el deber de protección integral del menor.
Por todo ello, la asociación ha remitido comunicaciones a las Fiscalías de Menores de Cáceres y de Bajoz, solicitando que se requiera al empresario de la plaza de toros y al Ayuntamiento de Bajoz el cumplimiento “estricto” del reglamento, prohibiendo el acceso de menores y abriendo diligencias por posible delito conforme al artículo 172 del Código Penal, si se acredita la entrada de menores tanto solos como acompañados.
Finalmente, “El Defensor del Paciente” insta a la Junta de Extremadura a inspeccionar y sancionar la práctica, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 7/2019.
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