Hacienda te vigila por Bizum desde enero cuidado con lo que envías

Los bancos se están preparando para facilitar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) información detallada sobre los pagos realizados a través de Bizum, aunque con matices importantes. La plataforma de pagos instantáneos, cada vez más utilizada por autónomos y pequeños negocios, pasará a estar bajo el radar fiscal, pero únicamente en lo que respecta a las transacciones comerciales. No se rastrearán los pagos entre particulares, como las divisiones de gastos entre amigos o familiares.

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Un enfoque selectivo y mensual

La información que deberán remitir las entidades financieras será de carácter mensual y se limitará a los cobros asociados a empresarios, autónomos y profesionales establecidos en España. A diferencia del umbral anual de 3.000 euros que regía para los pagos con tarjeta, esta nueva normativa no establece un límite mínimo para los movimientos con Bizum, pero sí especifica que solo se comunicará el importe total facturado cada mes, sin desglosar operación por operación.

Este cambio, aprobado en abril, entrará en vigor plenamente a partir de 2026. A partir de esa fecha, los bancos deberán proporcionar datos clave sobre los usuarios del sistema de cobro a través de Bizum u otras plataformas equivalentes. Entre ellos, se incluyen la identificación completa del empresario o profesional, el número de comercios con los que opera, los terminales de venta utilizados, el importe mensual facturado mediante Bizum y las cuentas bancarias o de pago desde las que se reciben los ingresos.

¿Quiénes están obligados a informar?

  • Entidades financieras tradicionales con clientes en España.
  • Entidades de pago y de dinero electrónico que operen en territorio nacional.
  • Entidades extranjeras con establecimiento en España o que presten servicios en régimen de libre prestación, aunque solo respecto a clientes residentes o establecidos en el país.

La AEAT ha dejado claro que solo se contabilizarán los cobros recibidos por actividades económicas desarrolladas en España, excluyendo por completo las transferencias entre particulares sin ánimo de lucro.

Un nuevo marco para el control fiscal

Paralelamente, se introduce una obligación informativa anual más amplia relacionada con el uso de tarjetas. A partir de ahora, se informará a Hacienda del volumen total anual de abonos, cargos, recargas y retiradas en efectivo, así como de los gastos en establecimientos, siempre que los importes superen los 25.000 euros en el conjunto del año. Esta medida afecta a todos los contribuyentes, no solo a autónomos o empresas, lo que supone una ampliación significativa del alcance respecto al sistema anterior.

Desde Gestha, la asociación de técnicos de la Agencia Tributaria, se ha instado a priorizar las actuaciones de control en sectores con fraudes más complejos y estructurados, en lugar de centrar los esfuerzos en pequeñas irregularidades cometidas por pymes o autónomos. La intención, según señalan, es optimizar los recursos y combatir con mayor eficacia el fraude fiscal de mayor envergadura.

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