Hacienda te vigila por Bizum desde enero ¿Sabes qué hará?
Los bancos se están preparando para entregar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) datos sobre los pagos realizados a través de Bizum, aunque con matices importantes. La información que se facilitará no será generalizada ni incluirá transacciones entre particulares, sino que se centrará exclusivamente en los cobros que realicen empresarios, autónomos y profesionales. A diferencia del umbral anterior de 3.000 euros anuales para pagos con tarjeta, en este caso no se aplicará un límite anual, pero sí se establece un nuevo marco informativo más específico y mensual.

Información mensual y centrada en actividad económica
Las entidades financieras deberán remitir cada mes un resumen de la facturación acumulada a través de Bizum por parte de los profesionales, sin necesidad de detallar operación por operación. Este cambio, aprobado en abril, entrará en vigor plenamente a partir de 2026, momento en el que los bancos estarán obligados a proporcionar la identificación completa de los empresarios y profesionales que utilicen Bizum u otras plataformas equivalentes como sistema de cobro.
Además de los datos mensuales de facturación, las entidades deberán informar a Hacienda sobre el número de comercios con los que opera cada profesional, los terminales de venta que utiliza, el importe mensual total facturado mediante Bizum y las cuentas bancarias o de pago asociadas a estos cobros. Todo ello con el objetivo de mejorar el control tributario sobre la economía digital y las actividades económicas que operan a través de sistemas de pago instantáneo.
Ámbito restringido a actividades económicas
- Quedan excluidos los pagos entre particulares, como las transferencias entre familiares o amigos.
- Solo se informará sobre cobros recibidos por empresarios y profesionales con residencia o establecimiento en España.
- La obligación no aplica a particulares que no desarrollen actividad económica.
La AEAT ha dejado claro que esta medida no busca vigilar el día a día de los ciudadanos, sino reforzar la transparencia fiscal en sectores donde puede existir ocultación de ingresos. En esta línea, los técnicos del Ministerio de Hacienda, a través de Gestha, han instado a la Agencia Tributaria a priorizar los controles en sectores con fraudes más complejos y estructurados, evitando centrar esfuerzos en pequeñas irregularidades cometidas por autónomos o pymes.
Ampliación del alcance a entidades de pago
El nuevo marco normativo no se limita a los bancos tradicionales. También incluye a entidades de pago y de dinero electrónico que operen en España, tanto nacionales como extranjeras, siempre que estén establecidas en el país o presten servicios en régimen de libre prestación. En el caso de entidades extranjeras, la obligación informativa se restringe a sus clientes residentes o establecidos en territorio español.
Paralelamente, se ha introducido una nueva obligación anual para todas las entidades que gestionan operaciones con tarjetas, que deberá incluir el total de abonos, cargos, recargas y retiradas en efectivo, así como gastos en establecimientos. Esta información será obligatoria cuando, en el conjunto del año, los importes de cargos y abonos superen los 25.000 euros. A diferencia del sistema anterior, esta obligación afecta a todos los contribuyentes, no solo a empresas o autónomos, ampliando así el alcance del control fiscal.
Mira tambien:


Deja una respuesta