El TSJCV cierra definitivamente la puerta a investigar a Mazón por la gestión de la DANA

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado su decisión de no iniciar una investigación contra el expresidente de la Generalitat, Carlos Mazón, por la gestión de la DANA que se produjo el 29 de octubre de 2024.

En el auto dictado este lunes, el Pleno de la Sala de lo Civil y lo Penal desestimó por unanimidad los recursos de súplica presentados por diversas asociaciones y particulares. La resolución ratifica la decisión adoptada el pasado 16 de marzo, cuando el mismo tribunal decidió no asumir la causa.

Fundamentos de la decisión

Según el escrito al que ha tenido acceso El Independiente, la Sala considera que los recurrentes no aportaron “razones bastantes” que demostraran un error en la valoración jurídica ya realizada. En concreto, no se constató la existencia de una “posición de garante” atribuible a Mazón en la gestión de la emergencia ni indicios suficientes que justificaran la competencia del tribunal para investigar la posible responsabilidad penal.

Puntos Clave
  • El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana confirmó que no iniciará una investigación penal contra Carlos Mazón por la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024
  • Los recursos de súplica presentados por asociaciones y particulares fueron desestimados por unanimidad al considerar que no aportaron “razones bastantes” ni indicios suficientes de error en la valoración jurídica
  • El tribunal determinó que Mazón no tenía una “posición de garante” legalmente atribuible en la gestión de la emergencia, por lo que no se le puede imputar responsabilidad penal
  • Se rechazó el argumento de vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, señalando que este derecho no garantiza un resultado concreto sino una resolución motivada y razonada.

El TSJCV también rechazó el argumento de que se hubiese vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva. Señaló que dicho derecho “no garantiza un resultado concreto”, sino que asegura una resolución motivada, razonable y fundada en derecho. En este caso, el tribunal explicó que la negativa a asumir la investigación está debidamente motivada tanto por la falta de indicios de homicidio imprudente como por la imposibilidad de atribuir responsabilidad penal a una eventual omisión en la actuación del entonces presidente.

Uno de los puntos clave del auto es la inexistencia de una “posición de garante” para Mazón. La Sala recordó que la normativa autonómica no le confería un deber jurídico de actuación en la gestión de la DANA, pese a que el fenómeno causó la muerte de 230 personas en la provincia de Valencia.

Asimismo, se reiteró la ausencia de pruebas sólidas que pudieran demostrar la participación activa de Mazón en decisiones cruciales, como el envío del mensaje de alerta a la población durante la emergencia. Esta línea argumentativa coincide con la adoptada en marzo, cuando el tribunal declaró su falta de competencia para investigar al expresidente.

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Carlos Mendoza Vargas Periodista

Licenciado en Comunicación Social con mención en Periodismo por la Universidad Central de Venezuela. Tiene 12 años de experiencia en cobertura de política nacional y conflictos sociales, con pasantías en medios internacionales como BBC Mundo. Especializado en periodismo de investigación y análisis político.

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