El Supremo da luz verde a la trama de Ábalos y Koldo con pruebas explosivas

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado los recursos interpuestos por el exministro de Transportes José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García contra el auto del juez Leopoldo Puente, que los procesó junto al empresario Víctor de Aldama por su presunta implicación en una trama de corrupción conocida como el 'caso Koldo'. La resolución, firmada por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Pablo Llarena, confirma la fortaleza de los indicios existentes y abre la puerta a que los tres investigados sean juzgados en un futuro proceso oral.

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Mantienen la validez del procesamiento

El alto tribunal avaló el análisis del instructor y consideró que las actuaciones llevadas a cabo hasta ahora ofrecen indicios sólidos de delito, por lo que no es necesaria una prolongación indefinida de la investigación. En uno de los pasajes más contundentes del fallo, los magistrados señalan que las diligencias propuestas por la defensa "no aparentan ser portadoras de potencial para desvirtuar el robusto arsenal indiciario recopilado por el instructor". Esta afirmación refuerza la decisión de avanzar hacia la apertura del juicio oral sin dilaciones.

Puente los imputó por presuntos delitos de cohecho, tráfico de influencias, pertenencia a organización criminal y malversación. Según la investigación, Ábalos, Koldo García y De Aldama habrían actuado coordinadamente para aprovechar la posición del exministro y su influencia política durante la pandemia, con el fin de obtener beneficios económicos en la adjudicación de contratos públicos. La Sala comparte esta interpretación y subraya que hubo una "concertación" para beneficiarse de la influencia institucional para acceder a rentas indebidas.

Argumentos descartados por el Supremo

  • Solicitud de nuevas diligencias: El tribunal considera que pretender alargar la investigación con nuevas pruebas no es justificable, especialmente cuando ya existe un nivel de indicios suficiente para abrir juicio. Los magistrados advierten que no tiene sentido postergar el enjuiciamiento bajo el argumento de que futuras diligencias podrían desmontar la causa.
  • Existencia de otra causa en la Audiencia Nacional: Koldo García argumentó que ya es investigado en otro procedimiento por temas relacionados con contrataciones de material sanitario. Sin embargo, el Supremo señala que esos hechos no afectan al procedimiento actual, ya que la competencia en este caso está fijada por el aforamiento de uno de los investigados.
  • Duplicidad con otra pieza: La Sala aclara que, aunque pudiera existir alguna superposición fáctica con otras causas, es en aquellas investigaciones (generalmente menos avanzadas) donde deberán hacerse los ajustes necesarios para evitar repeticiones.
  • Exigencia de un nuevo suplicatorio: El exasesor sostuvo que cada nueva imputación requeriría una autorización parlamentaria adicional. El Supremo califica esta pretensión de "despropósito", recordando que basta con una autorización inicial siempre que las nuevas imputaciones estén comprendidas dentro del alcance de los hechos investigados originalmente.

Además, los jueces desestiman cuestiones relacionadas con la credibilidad de testigos, la interpretación de contratos y movimientos financieros, señalando que esas valoraciones pertenecen a la fase del juicio oral, no a la investigación preliminar. Por ello, entienden que el proceso debe continuar su curso sin más demoras.

El caso se encuentra dividido en dos piezas: una principal centrada en la adjudicación de contratos de mascarillas durante la pandemia, y otra relativa a una trama de comisiones por obra pública, en la que también está implicado el exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán. En este contexto, la Sala subraya que los hechos que se investigan en esta causa están "bien delimitados" y que el procedimiento debe seguir adelante con total normalidad.

En su conclusión, el tribunal remarca que, aunque siempre es posible imaginar nuevas diligencias, en este caso resulta "más que difícil, imposible" concebir alguna que pueda desmontar la estructura de indicios ya acumulada. Por ello, se confirma que no procede el sobreseimiento y que el caso debe avanzar hacia la acusación y, eventualmente, al juicio oral.

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